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EL PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE

Anteayer, al filo de la media noche del domingo 29 de marzo, se publicó en el Boletín Oficial del Estado – con entrada en vigor en el mismo día – el Real Decreto-Ley 10/2020 y horas después, ayer, se publica la Orden SND/307/2020, 30 de marzo, por la que se establecen los criterios interpretativos para la aplicación del citado Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, y el modelo de declaración responsable para facilitar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo.

Ese Real Decreto-Ley 10/2020 contiene y especifica las medidas que el Gobierno ya había anunciado en relación con la suspensión de toda la actividad económica no esencial. Así, los trabajadores cuyos puestos de trabajo no se consideren de primera necesidad no tendrán que acudir a trabajar entre el lunes 30 de marzo y el 9 de abril de 2020. Por la sorprende aplicación de la moratoria que a última hora (recordemos, al filo de la medianoche del domingo 29 de marzo) se introdujo en el texto del Real Decreto publicado por el BOE, la efectiva vigencia y aplicación del mismo comienza hoy.

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– NEWSLETTER GTA RD.LEY 10-2020